Como conclusiones sobre la breve exposición de análisis de la eficiencia en medicamentos huérfanos, se puede indicar que resulta complicado tomar decisiones sobre ellos si se emplean los mismos criterios utilizados con el resto de medicamentos. Así, en Holanda, este tipo de fármacos están exentos en muchas ocasiones de la necesidad de presentar una evaluación económica con el fin de obtener la financiación pública del tratamiento. Sin embargo, este hecho ocurre muy raramente en Escocia, aunque se pueden utilizar unos factores moduladores específicos. Como resultado, de 37 solicitudes en 2009, 19 de ellas recibieron una recomendación positiva en Escocia mientras que en Holanda, la obtuvieron todas menos 2 (Vegter et al. Clin Ther. 2010; 32(9):1651-60).
Por otra parte, cuando se contemplan los resultados de las evaluaciones económicas realizadas en medicamentos huérfanos, se observa una gran disparidad de resultados, que abarcan desde una dominancia simple –al presentar un coste menor y un beneficio mayor, como en el caso de dasatinib y nilotinib en leucemia mieloide crónica– hasta un RCUI de más de 800.000 £/AVAC –en el caso de alfaglucosidasa alfa en enfermedad de almacenamiento de glucógeno tipo II. Con los criterios de decisión habituales, en el primer caso se daría paso inmediato a dichos medicamentos mientras que en el segundo, se desecharían, lo cual dejaría sin solución a los pacientes que se beneficiaran de su uso, porque estos fármacos han demostrado en rigurosos ensayos cllínicos que tienen capacidad para mejor la vida de los pacientes, devolviendo en muchos casos a una calidad de vida muy próxima a la normalidad que, de otra manera no sería posible.
La solución debería pasar por rutas que valoraran esencialmente la eficacia, entre las que se hallan, además de otras posibilidades, los contratos de riesgo compartido, o mediante mecanismos de financiación alternativos para este grupo de fármacos, separando ésta del centro en donde se halle el paciente y centralizándolo en algún organismo oficial, ya sea dependiente de la Comunidad Autónoma o del propio Estado. Ello permitiría favorecer al paciente que pueda obtener un beneficio de salud adecuado y no penalizar el presupuesto del centro en donde estuviera el paciente.







