El Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, relativo a los envases y residuos de envases, establece la obligación de aplicar la responsabilidad ampliada del productor a todos los envases puestos en el mercado, afectando de forma directa a las farmacias que elaboran fórmulas magistrales o preparados oficinales. Para facilitar a las farmacias que lo deseen el cumplimiento de estas nuevas obligaciones, el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos ha implementado como una posible alternativa el SCRAP de SIGRE, el cual podrá encargarse de organizar la gestión de los residuos de envases y residuos de fórmulas generados en los domicilios de los ciudadanos.

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Que es el SCRAP de SIGRE?

El SCRAP de SIGRE (Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor) es un sistema diseñado para gestionar los residuos derivados de las fórmulas magistrales y preparados oficinales generados en los domicilios de los ciudadanos. El propósito del SCRAP de SIGRE es garantizar el cumplimiento de las normativas medioambientales, promoviendo una economía circular dentro del sector farmacéutico.

Estas obligaciones afectan exclusivamente a las farmacias formuladoras, es decir, aquellas que elaboran y envasan las fórmulas magistrales y preparados oficinales para su entrega directa al paciente o a otras farmacias dispensadoras. Por tanto, quedan excluidas las farmacias que simplemente dispensan los productos elaborados. Asimismo, se aplica tanto a fórmulas magistrales y preparados oficinales destinados a uso humano como veterinario.

La participación de las farmacias en el SCRAP de SIGRE es voluntaria; sin embargo, a partir del 1 de enero de 2025, el Real Decreto 1055/2022 establece la obligatoriedad de aplicar la responsabilidad ampliada del productor (RAP) a todos los envases y residuos de envases. Esto implica que, aunque no sea obligatorio adherirse al SCRAP de SIGRE, las farmacias elaboradoras de las fórmulas magistrales y preparados oficinales deben contar con un sistema de gestión que cumpla con los requisitos establecidos por la normativa vigente, asegurando el manejo adecuado de los residuos generados.

Ventajas del SCRAP de SIGRE

El SCRAP de SIGRE ofrece diversas ventajas, tanto para las farmacias como para el medio ambiente y la sociedad en general. Algunas de las principales ventajas incluyen:

  •  Cumplimiento de la normativa: Facilita el cumplimiento de las normativas ambientales, como el Real Decreto 1055/2022, sobre la gestión de envases y residuos de envases.
  •  Facilita la gestión de residuos: El SCRAP de SIGRE organiza y gestiona de manera eficiente los residuos generados por las farmacias formuladoras, simplificando el proceso para los profesionales del sector.
  • Contribución a la economía circular: Al promover el reciclaje y la correcta disposición de los envases, favorece la economía circular, reduciendo el impacto ambiental de los residuos y fomentando su reutilización.
  •  Ahorro de tiempo y recursos: Las farmacias formuladoras pueden delegar la gestión de los residuos en SIGRE, lo que les permite concentrarse en su actividad principal y ahorrar tiempo y recursos en la implementación de sistemas de gestión propios.
  •  Mejora de la imagen corporativa: La adhesión al SCRAP de SIGRE refleja un compromiso con la sostenibilidad y la responsabilidad ambiental, mejorando la reputación y la imagen de las farmacias ante los consumidores y la sociedad.

Proceso de adhesión al SCRAP de SIGRE

Podrán adherirse voluntariamente al SCRAP de SIGRE aquellas farmacias formuladoras cuyos COF previamente se hayan adherido a dicho SCRAP, igualmente de manera voluntaria. La adhesión se puede realizar en cualquier momento del año a través de RegistroFarma, accediendo a través del siguiente botón.

Acceso a RegistroFarma

 

Al acceder a RegistroFarma, el farmacéutico encontrará los Términos y Condiciones del SCRAP de SIGRE, que deberá leer, y, en caso de estar de acuerdo, aceptarlos marcando la casilla correspondiente.

Obligaciones de la farmacia adherida al SCRAP de SIGRE

Etapa Periodicidad Fechas
SCRAP de SIGRE Adhesión al SCRAP aceptando los términos y condiciones a través de RegistroFarma Única vez En cualquier momento
Abonar la cuota de adhesión Única vez En el momento de la adhesión
Realizar la declaración inicial de empresa del año anterior a la fecha de adhesión Única vez En el momento de la adhesión
Realizar la declaración de empresa del año precedente Anual Del 1 a 31 de enero de cada año
Abono de las aportaciones anuales Anual Antes del 1 de mayo de cada año
MITECO Darse de alta en el Registro de Productores de Producto Única vez
Declaración anual de los materiales puestos en el mercado el año previo a la declaración (declaración en toneladas y peso mínimo admitido 0,01t) Anual NUEVO : Del 1 de enero hasta el 30 de abril inclusive

 

Declaración de empresa

Las farmacias formuladoras adheridas al SCRAP están obligadas a presentar la declaración de empresa a SIGRE, proporcionando información relativa al número de envases de fórmulas que han puesto en el mercado en el año previo a la declaración. Esta declaración debe efectuarse en el momento de la adhesión de la farmacia y, posteriormente, de manera anual, entre el 1 y el 31 de enero de cada año.

Con el objetivo de facilitar la elaboración de la declaración de empresa a las farmacias formuladoras adheridas al SCRAP, el CGCOF ha desarrollado un formulario al cual puede acceder pulsando el siguiente botón

Declaración de empresa

 

Las farmacias de nueva apertura o aquellas que no hayan elaborado fórmulas en el año previo a su adhesión deberán completar el siguiente formulario y enviarlo al CGCOF.

Declaración de empresa para farmacias de nueva apertura o que no hayan elaborado fórmulas en el año previo a su adhesión WORD, 0.01 Mb Descargar

Abono de las aportaciones por parte de las Farmacias Formuladoras

La adhesión de la farmacia formuladora al SCRAP de SIGRE tiene las siguientes obligaciones por parte de la farmacia formuladora:

  • El pago de una cuota única de adhesión de 10 € más IVA, la cual se abona exclusivamente en el momento de formalizar la adhesión.
  • El pago de la aportación anual correspondiente a los productos SIGRE de uso doméstico. Este importe, de carácter variable, se determina anualmente en función de la cantidad de fórmulas puestas en el mercado por la farmacia formuladora. Para su cálculo, al número total de fórmulas se le aplicarán factores de bonificación y/o penalización, obteniendo así el número de envases ecomodulados que servirán de base para establecer la cuota anual de aportación.

FAQs

¿Cómo afecta la nueva normativa a los envases utilizados en formulación magistral y/o preparados oficinales?
¿Es obligatorio para la farmacia formuladora participar en el SCRAP de SIGRE?
¿Cómo puedo adherirme al SCRAP de SIGRE?
¿Qué aportaciones económicas tiene que abonar la farmacia adherida?
¿Cuál es el plazo para presentar las declaraciones de empresa a SIGRE?
¿Qué obligaciones debe cumplir la farmacia en relación con la normativa de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) de envases al utilizar bolsas de plástico o papel para el transporte de las compras de sus pacientes?
En la venta online, si las empresas de mensajería o plataformas de comercio electrónico proporcionan los envases de transporte o terciarios, ¿son ellas las responsables de cumplir con la RAP e inscribirse en el RPP?
¿Se incluyen los envases de cosméticos elaborados en la propia farmacia en el SCRAP de SIGRE?
¿Los blísteres utilizados en los SPD están afectados por el Real Decreto?
¿Qué obligaciones debe cumplir la farmacia en materia de RAP al dispensar envases asociados a proyectos de detección precoz de cáncer de colon o cuello uterino?
Las bolsas y las cajas que se utilizan para la entrega de recetas, ¿están afectados por la normativa? ¿En quién recae la responsabilidad de estos envases para la inscripción en el Registro de Productores de Producto y su posterior declaración?

Material de ayuda elaborado por CGCOF

Material de ayuda para Colegios de Farmaceuticos pdf, 2.4 Mb Descargar
Material de ayuda para las Oficinas de Farmacia pdf, 2.47 Mb Descargar

Videos tutoriales





Material de ayuda elaborado por MITECO

MANUAL INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PRODUCTORES DE PRODUCTO pdf, 2.84 Mb Descargar
MANUAL USUARIO INFORMACIÓN ANUAL SOBRE LOS ENVASES PUESTOS EN EL MERCADO NACIONAL pdf, 5.25 Mb Descargar