El Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, relativo a los envases y residuos de envases, establece la obligación de aplicar la responsabilidad ampliada del productor a todos los envases puestos en el mercado, afectando de forma directa a las farmacias que elaboran fórmulas magistrales o preparados oficinales. Para facilitar a las farmacias que lo deseen el cumplimiento de estas nuevas obligaciones, el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos ha implementado como una posible alternativa el SCRAP de SIGRE, el cual podrá encargarse de organizar la gestión de los residuos de envases y residuos de fórmulas generados en los domicilios de los ciudadanos.

El SCRAP de SIGRE (Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor) es un sistema diseñado para gestionar los residuos derivados de las fórmulas magistrales y preparados oficinales generados en los domicilios de los ciudadanos. El propósito del SCRAP de SIGRE es garantizar el cumplimiento de las normativas medioambientales, promoviendo una economía circular dentro del sector farmacéutico.
Estas obligaciones afectan exclusivamente a las farmacias formuladoras, es decir, aquellas que elaboran y envasan las fórmulas magistrales y preparados oficinales para su entrega directa al paciente o a otras farmacias dispensadoras. Por tanto, quedan excluidas las farmacias que simplemente dispensan los productos elaborados. Asimismo, se aplica tanto a fórmulas magistrales y preparados oficinales destinados a uso humano como veterinario.
La participación de las farmacias en el SCRAP de SIGRE es voluntaria; sin embargo, a partir del 1 de enero de 2025, el Real Decreto 1055/2022 establece la obligatoriedad de aplicar la responsabilidad ampliada del productor (RAP) a todos los envases y residuos de envases. Esto implica que, aunque no sea obligatorio adherirse al SCRAP de SIGRE, las farmacias elaboradoras de las fórmulas magistrales y preparados oficinales deben contar con un sistema de gestión que cumpla con los requisitos establecidos por la normativa vigente, asegurando el manejo adecuado de los residuos generados.
El SCRAP de SIGRE ofrece diversas ventajas, tanto para las farmacias como para el medio ambiente y la sociedad en general. Algunas de las principales ventajas incluyen:
Podrán adherirse voluntariamente al SCRAP de SIGRE aquellas farmacias formuladoras cuyos COF previamente se hayan adherido a dicho SCRAP, igualmente de manera voluntaria. La adhesión se puede realizar en cualquier momento del año a través de RegistroFarma, accediendo a través del siguiente botón.
Acceso a RegistroFarma
Al acceder a RegistroFarma, el farmacéutico encontrará los Términos y Condiciones del SCRAP de SIGRE, que deberá leer, y, en caso de estar de acuerdo, aceptarlos marcando la casilla correspondiente.
| Etapa | Periodicidad | Fechas | |
| SCRAP de SIGRE | Adhesión al SCRAP aceptando los términos y condiciones a través de RegistroFarma | Única vez | En cualquier momento |
| Abonar la cuota de adhesión | Única vez | En el momento de la adhesión | |
| Realizar la declaración inicial de empresa del año anterior a la fecha de adhesión | Única vez | En el momento de la adhesión | |
| Realizar la declaración de empresa del año precedente | Anual | Del 1 a 31 de enero de cada año | |
| Abono de las aportaciones anuales | Anual | Antes del 1 de mayo de cada año | |
| MITECO | Darse de alta en el Registro de Productores de Producto | Única vez | |
| Declaración anual de los materiales puestos en el mercado el año previo a la declaración (declaración en toneladas y peso mínimo admitido 0,01t) | Anual | NUEVO : Del 1 de enero hasta el 30 de abril inclusive |
Las farmacias formuladoras adheridas al SCRAP están obligadas a presentar la declaración de empresa a SIGRE, proporcionando información relativa al número de envases de fórmulas que han puesto en el mercado en el año previo a la declaración. Esta declaración debe efectuarse en el momento de la adhesión de la farmacia y, posteriormente, de manera anual, entre el 1 y el 31 de enero de cada año.
Con el objetivo de facilitar la elaboración de la declaración de empresa a las farmacias formuladoras adheridas al SCRAP, el CGCOF ha desarrollado un formulario al cual puede acceder pulsando el siguiente botón
Declaración de empresa
Las farmacias de nueva apertura o aquellas que no hayan elaborado fórmulas en el año previo a su adhesión deberán completar el siguiente formulario y enviarlo al CGCOF.
La adhesión de la farmacia formuladora al SCRAP de SIGRE tiene las siguientes obligaciones por parte de la farmacia formuladora: