La venta de medicamentos por procedimientos telemáticos se contempla en el artículo 3 del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.Leer más

En este RDL 1/2015 se prohíbe la venta, por correspondencia y por procedimientos telemáticos, de medicamentos y productos sanitarios sujetos a prescripción, quedando esta modalidad abierta exclusivamente para medicamentos de uso humano o veterinarios que no requieran receta para su dispensación, y siempre a través de farmacia y establecimientos autorizados para esta venta a distancia.

Posteriormente, se han publicado normativas de desarrollo para regular dichas modalidades de venta, como son las siguientes:

Los únicos establecimientos autorizados para esta modalidad de venta son los siguientes:

  • Medicamentos de uso humano: exclusivamente oficinas de farmacia abiertas al público, legalmente autorizadas, que hayan efectuado la notificación de esta actividad a las autoridades sanitarias.
  • Medicamentos veterinarios: exclusivamente oficinas de farmacia y establecimientos comerciales detallistas de medicamentos veterinarios, abiertos al público, y legalmente autorizados, que hayan efectuado la notificación de esta actividad a las autoridades sanitarias.

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios ha creado un espacio web específico, denominado Distafarma, en el que se puede acceder a las farmacias que han notificado esta actividad, lo que constituye una garantía al usuario para saber que está adquiriendo un medicamento de un establecimiento sanitario.

De igual manera, las páginas web de farmacias autorizadas a la venta a distancia de medicamentos de uso humano sin receta deben incluir un logotipo común, que enlaza con Distafarma.

La venta legal de medicamentos por procedimientos telemáticos en España se encuentra expresamente regulada en el artículo 3 del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. Esta normativa regula la venta con el objetivo de garantizar la calidad seguridad y proteger a los ciudadanos frente a la venta ilegal de medicamentos.

medicamentos por internet

El RDL 1/2015 establece la prohibición de vender medicamentos por correspondencia o por medios telemáticos cuando estén sujetos a prescripción médica o veterinaria. Esta modalidad de distancia al público queda limitada exclusivamente a los medicamentos sin receta, tanto de uso humano como veterinario, y siempre que se realice a través de una farmacia autorizada o de establecimientos legalmente autorizadas y autorizadas para la venta a distancia.

Con posterioridad, se publicaron normativas específicas de desarrollo que concretan los requisitos y condiciones de esta actividad. Entre ellas destaca el Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre, que regula la venta a distancia al público, a través de sitios web, de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica. Asimismo, el Real Decreto 666/2023, de 18 de julio, regula la venta a distancia al público de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción veterinaria.

De acuerdo con esta normativa, los únicos establecimientos que pueden comprar medicamentos y dispensarlos legalmente a través de Internet son:

Medicamentos de uso humano: exclusivamente oficinas de farmacia abiertas al público, legalmente autorizadas, que hayan notificado esta actividad a la autoridad competente en materia sanitaria.

Medicamentos veterinarios: oficinas de farmacia y establecimientos comerciales detallistas de medicamentos veterinarios, abiertos al público, legalmente autorizadas y que hayan realizado la correspondiente notificación a la autoridad sanitaria.

Con el fin de ofrecer transparencia y seguridad al ciudadano, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios ha desarrollado un espacio web específico denominado Distafarma. Este portal permite identificar las farmacias autorizadas para la venta a distancia, constituyendo una herramienta clave para evitar la venta ilegal de medicamentos y garantizar que el usuario adquiere productos procedentes de un establecimiento sanitario fiable.

Además, las páginas web de las farmacias autorizadas para la venta a distancia de medicamentos de uso humano sin receta deben mostrar un logotipo común oficial. Dicho distintivo enlaza directamente con Distafarma y actúa como garantía adicional de que se trata de una venta legal de medicamentos, supervisada por la AEMPS y conforme a la normativa vigente en materia de productos sanitarios AEMPS.

Este marco normativo refuerza la protección del paciente y del consumidor, asegurando que comprar medicamentos por Internet se realice con todas las garantías de seguridad, trazabilidad y control sanitario, y únicamente a través de canales oficiales y legalmente autorizadas.

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Preguntas frecuentes sobre los medicamentos online

¿Es legal comprar medicamentos por Internet en España?
¿Cómo puedo saber si una web es una farmacia autorizada?
¿Qué riesgos tiene comprar medicamentos en webs no autorizadas?
¿Qué papel tiene el farmacéutico en la venta online de medicamentos?
¿Dónde puedo consultar el listado oficial de farmacias que venden medicamentos por Internet?