El pleno del Consell de la Generalitat Valenciana aprobó en diciembre el nuevo Decreto de Servicios de Urgencia de las Oficinas de Farmacia, una norma demandada por el Consell Valencià de Col·legis de Farmacèutics (CVCF). El decreto supone un avance decisivo para modernizar la organización de las guardias y vacaciones, garantizar la continuidad de la asistencia farmacéutica y reforzar la protección de las farmacias ubicadas en zonas rurales o en riesgo de despoblamiento. La nueva regulación se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y actualizó los artículos 5 y 6 del Decreto 187/1997, y adapta el sistema a la realidad demográfica, geográfica y sanitaria de la Comunitat Valenciana.
La regulación actualiza el sistema de guardias y vacaciones y refuerza la protección de las farmacias rurales»
El decreto establece una distinción clara entre los servicios de urgencia diurnos y nocturnos, introduce criterios homogéneos de planificación y atribuye a los Colegios Oficiales de Farmacéuticos provinciales la responsabilidad de organizar los calendarios de guardias. Esta planificación tiene en cuenta la existencia de farmacias con horario de 24 o 12 horas.
La norma fija tiempos máximos de acceso del ciudadano a la farmacia de guardia y establece la obligatoriedad de garantizar al menos una farmacia de urgencia en los municipios de más de 20.000 habitantes que dispusieran de centro de salud con atención continuada. También se concretan ratios mínimas de farmacias de guardia en función de la población, con el objetivo de asegurar una cobertura adecuada en todo el territorio.
Singularidad de los municipios pequeños
La regulación incorpora un mecanismo específico para proteger a las farmacias situadas en municipios en riesgo de despoblamiento. En estos casos, la única farmacia del término municipal puede quedar exenta del servicio de urgencia cuando su mantenimiento resultara inviable.
Esta excepcionalidad queda supeditada a la solicitud de la persona titular, a la valoración del Colegio correspondiente y a un informe de la Dirección Territorial. Cuando existe un centro de salud con atención continuada, el decreto permite sustituir el servicio de urgencia por un programa alternativo que garantizara la atención farmacéutica urgente, sin comprometer la viabilidad del establecimiento.
El decreto contempla la adaptación de los servicios de guardia en periodos de incremento estacional de población, como Semana Santa, el verano o las fiestas locales, con el fin de dar respuesta a los picos de demanda y evitar la sobrecarga asistencial en determinados municipios.
Además, se establece la obligación de que los Colegios comunicaran los calendarios de guardias antes del mes de noviembre. En caso contrario, la planificación del año anterior se prorroga de forma automática.
Para los municipios de hasta 1.500 habitantes, la nueva regulación introduce medidas orientadas a mejorar la sostenibilidad y la flexibilidad del servicio. Las farmacias pueden modificar su horario de apertura hasta en dos ocasiones al año cuando cierra la farmacia colindante.
Asimismo, se permite el cierre por causas personales con un preaviso de 24 horas o incluso en el mismo día en situaciones de urgencia, imputando dichos días al periodo vacacional. Con estas medidas, la norma reconoce la singularidad de los pequeños municipios y las dificultades específicas de sus profesionales.
En materia de vacaciones, el decreto fija un máximo de 31 días anuales por oficina de farmacia y garantiza que al menos un tercio de las farmacias de cada municipio permanezca abierto. En las zonas rurales, se autoriza el cierre siempre que otra farmacia del entorno pueda asumir la prestación farmacéutica, incluida la atención domiciliaria.
La señalización adecuada del establecimiento que cubra el servicio durante el periodo vacacional se establece como obligatoria para facilitar la correcta orientación de la población.
Un avance muy significativo para la farmacia comunitaria valenciana»
Consell Valencià de Col·legis de Farmacèutics (CVCF)
Actualización del concierto de prestaciones
Desde el Consell Valencià de Col·legis de Farmacèutics se ha valorado la aprobación del decreto como un avance muy relevante para la farmacia comunitaria. La entidad ha recordado que llevaba años reclamando una racionalización de los turnos de guardia que los hiciera sostenibles y ajustados a las necesidades actuales.
El CVCF señaló también que este avance debe ir acompañado de la actualización del concierto de prestaciones, con el fin de responder a las demandas de la sociedad actual. Asimismo, ha destacado que el anuncio realizado por el conseller de Sanidad, Marciano Gómez, durante la celebración del Día Mundial del Farmacéutico, de aprobar el decreto antes de finalizar el año, confirma el compromiso institucional con una regulación necesaria, justa y alineada con los retos asistenciales del sistema sanitario valenciano.
