Nº376
Los medicamentos con ranelato de estroncio (Osseor®, Protelos®) pasarán a ser calificados como medicamentos de Diagnóstico Hospitalario (DH) a partir del 1 de agosto de 2014. Se recuerda la importancia de leer atentamente la ficha técnica del medicamento.
Recientemente, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha informado1 de la decisión final relativo a la prescripción de los medicamentos con ranelato de estroncio (Osseor®, Protelos®).
La AEMPS ha venido informando del inicio (ver nota informativa MUH (FV) 11/2013) y finalización (ver Notas informativas MUH (FV) 1/2014 y MUH (FV) 2/2014) de la revaluación del balance beneficio-riesgo de ranelato de estroncio en sus indicaciones autorizadas (ver PAM nº 370 y 371).
Con objeto de mantener actualizada la información sobre las condiciones de autorización de ranelato de estroncio en España, la AEMPS informa, tal y como ya se indicó en la nota informativa MUH (FV) 2/2014, que Osseor® y Protelos® acaban de ser calificados como medicamentos de Diagnóstico Hospitalario, con fecha efectiva de aplicación el 1 de agosto de 2014.
Se recuerdan los cambios fundamentales en las condiciones de uso autorizadas que se han establecido tras la revisión del balance beneficio-riesgo anteriormente mencionada, reflejadas en la ficha técnica y prospecto de estos medicamentos:
REFERENCIAS