Farmacovigilancia

Factor VIII de la coagulación: la evidencia científica disponible no permite establecer diferencias en el desarrollo de inhibidores según el tipo de medicamento

Publicado en Nº404 Nº404
Mariano Madurga Sanz mmadurgasanz@gmail.com

El Comité Europeo para la Evaluación de Riesgos en Farmacovigilancia (PRAC) ha concluido la revisión acerca del riesgo de desarrollar inhibidores tras la administración de medicamentos con Factor VIII de la coagulación en pacientes con hemofilia A no tratados previamente con estos productos, resumiendo que no existe evidencia científica clara y consistente que permita establecer diferencias en el riesgo de desarrollo de inhibidores entre los dos tipos de medicamentos que contienen Factor VIII, unos derivados del plasma humano o aquellos otros de origen biotecnológico mediante el ADN recombinante.

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha informado1 de las recomendaciones finales de la revisión llevada a cabo en el Comité europeo para la Evaluación de Riesgos en Farmacovigilancia (PRAC), en su reunión del pasado mes de mayo de 2017.

La formación de anticuerpos neutralizantes (inhibidores) contra el factor VIII (FVIII) de la coagulación es una complicación conocida del tratamiento de los pacientes con hemofilia A con el tratamiento de sustitución. La hemofilia A es una deficiencia congénita del factor VIII, necesitan del aporte exógeno de este factor de la coagulación para evitar o reducir el riesgo de hemorragias. Estos inhibidores son generalmente inmunoglobulinas IgG dirigidas contra la actividad pro-coagulante del factor, por lo que la formación de los mismos redunda en una pérdida sobre el control de los episodios hemorrágicos del paciente.

Se inició la revisión tras conocerse los resultados del estudio SIPPET2 (Survey of Inhibitors in Plasma-Product Exposed Toddlers) pues si bien, y tal y como acaba de referirse, la formación de inhibidores ya es un hecho conocido, el citado estudio concluía que los inhibidores se desarrollan más frecuentemente en pacientes que reciben FVIII recombinante que en aquellos que reciben FVIII derivado del plasma. Durante el curso de la evaluación fueron analizados además del estudio mencionado, los datos procedentes de ensayos clínicos, de estudios observacionales y de artículos publicados sobre este asunto. Las principales conclusiones alcanzadas han sido las siguientes:

  • Dado que los estudios revisados difieren en diseño, poblaciones de pacientes incluidas y resultados, no puede concluirse que existan evidencias claras y consistentes que permitan establecer diferencias en cuanto al riesgo de desarrollo de inhibidores entre ambos tipos de FVIII (derivado del plasma o recombinante).
  • Debido a las diferencias existentes entre los productos individuales incluidos dentro de cada una de los dos tipos de FVIII, se considera que la evaluación del riesgo de desarrollo de inhibidores debería realizarse para cada uno de los medicamentos en lugar de a nivel del tipo de medicamento. El riesgo para cada medicamento individual continuará evaluándose a medida que se disponga de mayor evidencia al respecto procedente de estudios actualmente en marcha.

Recomendaciones

En base a ello, el PRAC recomienda actualizar la información de la ficha técnica y prospecto de todos los medicamentos compuestos por el factor VIII de la coagulación. El desarrollo de inhibidores será incluido, como reacción adversa de aparición “muy frecuente” entre los pacientes que no hayan recibido tratamiento previo con este tipo de productos, y con frecuencia de aparición “poco frecuente” en pacientes tratados previamente. Además, se especificará que el riesgo de sangrado es menor con niveles bajos de estos inhibidores que con niveles elevados.

Estas recomendaciones deberán ser valoradas por el Comité de Medicamentos de Uso Humano (CHMP) de la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) y posteriormente hacerse efectivas mediante la correspondiente Decisión de la Comisión Europea (CE). La AEMPS emitirá una nueva nota informativa, en caso de que dicha Decisión difiera sustancialmente de las recomendaciones que acaban de exponerse.

En España se encuentran actualmente autorizados los siguientes medicamentos que contienen Factor VIII de la coagulación, bien de origen plasmático, bien de origen biotecnológico del ADN recombinante, en la Tabla 1.

Tabla 1: Medicamentos en España con factores VIII de la coagulación

Tipo

Principio activo (DCI)

Medicamento

Plasmático

Factor VIII humano

Beriate®, Haemoctin®, Octanate LV®

Factor VIII humano + Factor von Willebrand

Fandhi®, Haemate®, Wilate®

Recombinante

Efmoroctocog alfa

Elocta®

Moroctocog alfa

Refacto®

Octocog alfa

Advate®, Helixate®, Iblias®, Kogenate®, Kovaltry®

Simoctocog alfa

Nuviq®

Turoctocog alfa

NovoEight®

Referencias

  1. Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. Factor VIII de la coagulación: la evidencia científica disponible no permite establecer diferencias enm el desarrollo de inhibidores según el tipo de medicamento. Nota informativa MUH (FV) nº 4/2017, 10 de mayo de 2017. Disponible en la web: https://www.aemps.gob.es/informa/notasInformativas/medicamentosUsoHumano/seguridad/2017/NI-MUH_FV_04-2017-factor-VIII.htm (citado 06 junio 2017)
  2. Peyvandi F, Mannucci PM, Garagiola I, et al. A Randomized Trial of Factor VIII and Neutralizing Antibodies in Hemophilia A. N Engl J Med 2016; 374(21): 2054-64.

IMPORTANTE

El Sistema Español de Farmacovigilancia de Medicamentos de Uso Humano (SEFV-H) se basa en el programa de notificación espontánea de un profesional sanitario (médico, odontólogo, farmacéutico, enfermero, otros) de una sospecha de relación entre un medicamento (incluidos vacunas, sueros, gases medicinales, fórmulas magistrales, plantas medicinales) y un síntoma o signo adverso (reacción adversa, RAM) que manifieste el paciente (programa de tarjeta amarilla). El Real Decreto 577/2013 de Farmacovigilancia de medicamentos de uso humano (BOE núm. 179, de 27 de julio de 2013) entró en vigor el 28 de julio de 2013. La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) coordina el SEFV-H.
¿QUÉ NOTIFICAR?Se deben notificar las sospechas de RAM: – con medicamentos autorizados, incluidas las de aquellos que se hayan utilizado en condiciones diferentes a las autorizadas o con medicamentos extranjeros importados con autorización de la AEMPS, – principalmente las RAM ‘graves’ (mortales, o que amenacen la vida, prolonguen o provoquen una hospitalización, causen incapacidad o sean médicamente importantes y las trasmisiones de un agente infeccioso a través de un medicamento) o RAM ‘inesperadas’ de cualquier medicamento, – con medicamentos de ‘seguimiento adicional’ (durante sus primeros 5 años desde la autorización, identificados con un triángulo negro invertido () a la izquierda del nombre del medicamento en el material informativo, en el prospecto y en la ficha técnica); ver la lista mensual de los medicamentos con triángulo negro en la web de la AEMPS, en la sección de CIMA con criterio de búsqueda del “Triángulo negro”: http://www.aemps.gob.es/cima/pestanias.do?metodo=accesoAplicacion – las que sean consecuencia de ‘errores de medicación’, que ocasionen daño en el paciente, – las originadas por ‘interacciones’ con medicamentos, plantas medicinales, incluso alimentos (zumo de pomelo, ahumados, crucíferas, etc).
¿CÓMO NOTIFICAR?No olvide notificar cualquier sospecha de RAM a su Centro Autonómico o Regional de Farmacovigilancia mediante las ‘tarjetas amarillas’. Consulte en este directorio su Centro Autonómico de Farmacovigilancia correspondiente. NUEVO MÉTODO: se puede notificar a través del sitio web https://www.notificaRAM.es/, y el sistema electrónico hace llegar a su centro correspondiente la notificación de sospecha de RAM. Sirve para profesionales sanitarios y para ciudadanos, en formularios diferentes. La nueva legislación europea de farmacovigilancia establece esta posibilidad para facilitar la notificación de las sospechas de RAM por la población en general.
¿DÓNDE CONSEGUIR TARJETAS AMARILLAS?Consultando a su Centro correspondiente del SEFV-H. Podrá encontrar el directorio de Centros en las primeras páginas del “Catálogo de Medicamentos” y en las páginas de Internet http://www.portalfarma.com y http://www.aemps.gob.es/vigilancia/medicamentosUsoHumano/docs/dir_serfv.pdf.
¿DÓNDE CONSULTAR LAS FICHAS TÉCNICAS Y PROSPECTOS DE LOS MEDICAMENTOS?En la página web de la AEMPS http://www.aemps.gob.es >> seleccionando >> ”CIMA: Centro de Información on-line de Medicamentos de la AEMPS, Humanos”, se pueden consultar por nombre comercial o por sus principios activos. También están disponibles en la base de datos BOT Plus. NOTA: la mención de marcas comerciales en el texto solo tiene fines de identificación, y en absoluto se les debe asignar directamente lo descrito en el texto.

Artículos relacionados