Farmacovigilancia

Domperidona y riesgo cardiaco: restricciones en las condiciones de autorización

Publicado en Nº372 Nº372
Mariano Madurga Sanz mmadurga@aemps.es

La revisión del balance beneficio-riesgo de domperidona (Motilium® y genéricos), que ha llevado el Comité para la Evaluación de Riesgos en Farmacovigilancia (PRAC) ha concluido que esta relación es favorable únicamente para el alivio de los síntomas de náuseas y vómitos. Debido al riesgo ya conocido de las alteraciones cardiacas, el PRAC ha recomendado restringir las indicaciones autorizadas, reducir la dosis y duración de tratamiento recomendado, establecer nuevas contraindicaciones de uso y suspender la autorización de comercialización de las presentaciones rectales para administración pediátrica y las de administración oral superiores a 10mg/ unidad de dosis.

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha informado1 a los profesionales sanitarios sobre las conclusiones del Comité europeo para la Evaluación de Riesgos en Farmacovigilancia (PRAC) una vez revisada la información sobre seguridad de domperidona (Motilium® y genéricos).

La domperidona es un antagonista dopaminérgico actualmente autorizado para el alivio de los síntomas de náuseas y vómitos (tanto en adultos como en niños), así como para el tratamiento de la sensación de plenitud epigástrica, malestar abdominal alto y regurgitación del contenido gástrico (indicación reservada exclusivamente a población adulta). En España se encuentran comercializados los siguientes medicamentos con domperidona: Motilium®, Domperidona Gamir® y Domperidona Pensa®.

El PRAC acaba de finalizar la revaluación del balance beneficio-riesgo de los medicamentos que contienen domperidona, motivada por las reacciones adversas a nivel cardiaco. Estas reacciones adversas (arritmias ventriculares debidas a la prolongación del intervalo QT del electrocardiograma que pueden tener desenlace fatal) están descritas en la ficha técnica y motivaron hace unos años la retirada de las presentaciones de administración parenteral (ver también Nota informativa2 de la AEMPS MUH (FV) 24/2011). No obstante, se han seguido notificando casos, por lo que se solicitó al PRAC que evaluase de nuevo la relación beneficio-riesgo de este medicamento para sus indicaciones autorizadas.

Como resultado de dicha evaluación, el PRAC ha concluido lo siguiente:

  • El riesgo conocido de aparición de trastornos del ritmo cardiaco aumenta en pacientes mayores de 60 años, en aquellos a los que se les administran altas dosis del medicamento y en los que toman simultáneamente otros medicamentos susceptibles de prolongar el intervalo QT.
  • Estas reacciones cardiacas graves pueden minimizarse si domperidona se administra a dosis bajas, se limita la duración de los tratamientos y se evita su utilización en pacientes de alto riesgo para el desarrollo de patologías cardiacas y en aquellos que tomen al mismo tiempo medicamentos susceptibles de prolongar el intervalo QT o que sean inhibidores potentes del CYP3A4.
  • Las formulaciones para administración por vía rectal no permiten ajustar las dosis de domperidona en función del peso corporal del paciente, por lo que existe el riesgo de exponer a la población pediátrica a dosis superiores a las recomendadas.
  • Los datos disponibles avalan una relación beneficio-riesgo favorable únicamente para el alivio de los síntomas de náuseas y vómitos, y siempre que se respeten las condiciones de uso anteriormente indicadas.
  • Los datos de eficacia de domperidona en población pediátrica, así como los referentes a la farmacocinética de la administración rectal son limitados, por lo que se exigirán estudios adicionales sobre estos aspectos.

Por ello, el PRAC ha recomendado restringir las indicaciones autorizadas para domperidona, reducir la dosis y duración de tratamiento recomendados e introducir nuevas contraindicaciones de uso. Adicionalmente ha recomendado suspender la autorización de comercialización de las presentaciones rectales para administración pediátrica y las de administración oral superiores a 10 mg por unidad de dosis.

Estas recomendaciones del PRAC deberán ser ratificadas por el Grupo Europeo de Coordinación (CMDh), del que forman parte todas las Agencias de Medicamentos de los 28 países de la UE y, eventualmente, por la Comisión Europea, que concluirán con una decisión final y vinculante para toda la UE.

Recomendaciones

Mientras finaliza el proceso, y como medida de precaución, la AEMPS ha recomendado lo siguiente:

  • Utilizar domperidona únicamente para el tratamiento sintomático de náuseas y vómitos, durante el menor tiempo posible y sin sobrepasar una dosis de 10 mg tres veces al día por vía oral para adultos y adolescentes de 35 Kg de peso o más. Para estos pacientes se pueden utilizar supositorios de 30 mg/dosis, dos veces al día.
  • En niños y adolescentes de menos de 35 Kg de peso se debe administrar por vía oral a dosis de 0,25 mg/Kg de peso corporal, hasta tres veces al día.
  • No utilizar supositorios en niños.
  • No utilizar domperidona si el paciente:
    • Está recibiendo otros medicamentos que puedan prolongar el intervalo QT del electrocardiograma o que sean inhibidores potentes del citocromo CYP3A4 (zumo de pomelo, clartitromicina, itraconazol, ketoconazol, indinavir, nelfinavir, ritonavir,..).
    • Presenta alteraciones de la conducción o el ritmo cardíaco, o condiciones subyacentes de riesgo para la aparición de estas patologías.
    • Presenta insuficiencia hepática moderada o severa.

La AEMPS comunicará cualquier nueva información relevante en relación con este asunto.

Referencias

  1. Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. Domperidona y riesgo cardiaco: restricciones en las condiciones de autorización. Nota Informativa MUH (FV) 04/2014, 10 de marzo de 2014. Disponible en la web de la AEMPS: http://www.aemps.gob.es/informa/notasInformativas/medicamentosUsoHumano/seguridad/2014/NI-MUH_FV_04-2014-domperidona.htm (consultado 03 abril 2014).
  2. Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. Domperidona y riesgo cardiaco. Nota Informativa MUH (FV) 24/2011, 2 de diciembre de 2011 (corrección de 14 de diciembre de 2011). Disponible en la web de la AEMPS: http://www.aemps.gob.es/informa/notasInformativas/medicamentosUsoHumano/seguridad/2011/docs/NI-MUH_24-2011.pdf (consultado 03 abril 2014)

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