Nº408
La Agencia japonesa en relación al uso de medicamentos con codeína, dihidrocodeina y tramadol en niños y en adolescentes menores de 18 años con alteraciones respiratorias, obesos y con apnea del sueño. La depresión respiratoria que pueden provocar puede empeorar los síntomas de estas patologías concomitantes.
En Japón, las autoridades reguladoras (MHLW y PMDA) han comunicado1 que los prospectos de los medicamentos que contienen codeína, dihidrocodeína y tramadol se han actualizado para incluir una precaución contra el uso en niños menores de 12 años y en adolescentes de entre 12 y 18 años que son obesos, tienen síndrome de apnea obstructiva del sueño, o tienen una enfermedad pulmonar grave.
La decisión de actualizar la información se debe al hecho de que en Japón se notificó un caso grave de depresión respiratoria con el uso de codeína en un paciente menor de 12 años que era un metabolizador ultrarrápido (MU) del citocromo CYP2D6. También se consideró apropiado el agregar una precaución de que la codeína no se debe utilizar en pacientes menores de 18 años de edad para el alivio del dolor después de la amigdalectomía o la adenoidectomía, de forma similar a cómo se llevó a cabo en la Unión Europea en 20132.
Aunque se cree que la frecuencia del polimorfismo genético que causa la MU es menor entre la población japonesa en comparación con las poblaciones estadounidenses o europeas, las precauciones anteriores se agregaron en vista de las reacciones adversas a los medicamentos notificadas en Japón. El riesgo de depresión respiratoria con codeína también existe con el uso de tramadol. Sin embargo, debe tenerse en cuenta que en Japón, no se han aprobado productos que contengan tramadol para uso pediátrico. En España se recomienda su uso pediátrico para niños entre 12 y 18 años.
IMPORTANTEEl Sistema Español de Farmacovigilancia de Medicamentos de Uso Humano (SEFV-H) se basa en el programa de notificación espontánea de un profesional sanitario (médico, odontólogo, farmacéutico, enfermero, otros) de una sospecha de relación entre un medicamento (incluidos vacunas, sueros, gases medicinales, fórmulas magistrales, plantas medicinales) y un síntoma o signo adverso (reacción adversa, RAM) que manifieste el paciente (programa de tarjeta amarilla). El Real Decreto 577/2013 de Farmacovigilancia de medicamentos de uso humano (BOE núm. 179, de 27 de julio de 2013) entró en vigor el 28 de julio de 2013. La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) coordina el SEFV-H. |
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